La JEP ha rechazado a 2.772 personas que solicitaron ingreso a la jurisdicción

En cinco años de funcionamiento, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas ha rechazado y excluido de forma definitiva a 2.772 personas que solicitaron ingresar a la JEP, pero que no reunieron, ni cumplían con los requisitos necesarios para que sus procesos judiciales fueran tramitados por la Jurisdicción Especial para la Paz. Es decir, no cumplían con los factores de competencia que exige la entidad.

Sumado a estos procesos rechazados por falta de competencia, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas también ha inadmitido a personas que presentaron sus solicitudes por fuera de los tiempos estipulados por la Ley, así como de aquellos que no han cumplido con sus obligaciones dentro del Sistema Integral para la Paz. En este último sentido, no brindaron aportes tempranos, oportunos y exhaustivos a la verdad que vayan más allá de lo conocido y establecido por la justicia ordinaria.

De acuerdo con la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, el mayor porcentaje de procesos rechazos corresponde a 1.750 solicitudes de antiguos integrantes de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc) y de otros grupos armados al margen de la ley, quienes no hacen parte de la competencia personal, material o temporal de la JEP.

En otros casos, la Sala ha determinado que se trataba de procesos que no tenían nada que ver con el conflicto armado colombiano. Por ejemplo, se rechazó la solicitud de cinco excombatientes de las extintas Farc-EP y de ocho personas que participaron en hechos de protesta social. Asimismo, la Sala determinó que 343 solicitudes de miembros de la fuerza pública estaban por fuera de la competencia de la JEP.

En cuanto a quienes intentaron ‘colarse’ en la JEP, solicitando su sometimiento por delitos comunes y que afectaron gravemente a la sociedad colombiana, por tratarse de casos emblemáticos de corrupción o relacionados con narcotráfico, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas rechazó a 582 terceros civiles y a 84 agentes del Estado no integrantes de la Fuerza Pública.

Cabe destacar que, durante este arduo ejercicio de estudio, contrastación y verificación de las solicitudes, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas ha hecho una tarea rigurosa en la que se ha seguido el marco normativo y jurisprudencial que rige a esta Jurisdicción, además del seguimiento de los criterios de competencia y, por supuesto, el análisis estricto del régimen de condicionalidad con el que deben cumplir los comparecientes.

Todo esto, mediante el control y ajuste de los compromisos claros, concretos y programados que los comparecientes presenten, en relación con los derechos a la verdad, la reparación y las garantías de no repetición de las víctimas. Lo anterior, teniendo en consideración que se trata del estudio de casos complejos, tanto por la cantidad, como por la gravedad de los hechos y la connotación de las personas implicadas.

A las 2.772 exclusiones y rechazos definitivos, que fueron ordenados por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, se suman más de 700 amnistías concedidas a exmiembros de las extintas Farc-EP por la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP.