Rodolfo Hernández no podrá ser candidato: Tribunal le negó tutela

El Tribunal Superior de Bogotá, en su sesión de este viernes, ha rechazado la acción de tutela presentada por Rodolfo Hernández, en la que buscaba la restauración de sus derechos políticos tras la decisión del Consejo Nacional Electoral de revocar su candidatura a la Gobernación de Santander.

La tutela fue denegada debido a su improcedencia, fundamentada en el hecho de que la decisión del Consejo Nacional Electoral se basó en una ley en vigor que prohíbe la postulación de individuos con tres sanciones disciplinarias emitidas por la Procuraduría.

El propio Hernández presentó la acción de tutela en respuesta a la revocación de su candidatura por parte del Consejo Nacional Electoral. En su alegato, Hernández sostenía que dicha decisión vulneraba sus derechos políticos.

El fallo emitido por el Tribunal Superior de Bogotá será remitido a la Corte Constitucional para su posible revisión. No obstante, es poco probable que la Corte tome partido en favor de Hernández, dado que la ley en vigor es clara en cuanto a la prohibición de candidaturas para personas con tres sanciones disciplinarias.

Como resultado de esta determinación, Hernández se encuentra descalificado para participar en las elecciones para la Gobernación de Santander, previstas para el próximo 29 de octubre.

El abogado Camilo Andrés Larios, Director Nacional del Partido Liga de Gobernantes Anticorrupción, expresó su desacuerdo con la Procuradora por el incumplimiento de Colombia de lo establecido en el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH). Argumentó que, de acuerdo con este artículo, solo un tribunal en un proceso penal puede limitar los derechos políticos. En el caso de Rodolfo Hernández, se alega una violación evidente de este principio.

La decisión del organismo electoral se basó en la acumulación de tres sanciones por parte de Hernández de la Procuraduría, lo que lo inhabilita para presentarse en la contienda electoral.

Tras un extenso debate dentro del Consejo Electoral, la ponencia fue aprobada con una votación de 6 a 4 por un total de ocho magistrados y dos conjueces, estos últimos designados para solventar el impedimento que surgió en el seno del CNE.