Corte ordena captura del exmagistrado Leonidas Bustos

La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia dictó orden de captura en contra del exmagistrado, Leonidas Bustos, quien ejerció como presidente de ese tribunal en 2015, por su participación en el escándalo de corrupción conocido como ‘Cartel de la Toga’.

Bustos, quien actualmente reside en Canadá, deberá responder en Colombia por los delitos de concierto para delinquir, tráfico de influencias de servidor público y cohecho propio. La decisión se basa en la participación del exmagistrado en una red que exigía millonarias comisiones a cambio de entorpecer procesos contra aforados constitucionales.

De acuerdo con la resolución del alto tribunal, Bustos habría recibido dádivas para intervenir a favor en los procesos de los excongresistas Musa Besaile, Álvaro Ashton y Hernán Francisco Andrade, así como del exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos.

Según el exfiscal anticorrupción, Luis Gustavo Moreno, Bustos recibió 200 millones de pesos como anticipo de Álvaro Ashton. También habría recibido de Moreno un reloj Cartier referencia “Ballon Bleu” avaluado en $42.969.977, que los dos compraron en el Centro Andino.

Según el expediente, Bustos también habría adquirido vehículos Dodge, Journey y BMW 523i, por sus gestiones con Moreno.

La Corte advierte que “existen serios y graves motivos que hacen pensar fundadamente en la probabilidad de que el acusado Bustos Martínez pueda interferir en el eficaz y cabal desarrollo de la actuación y de este modo obstruir la práctica probatoria y la justicia”.

Como expresidente de la Corte “tuvo la posibilidad discernir en el nombramiento o postulación de altos funcionarios como Magistrados de Tribunales, Fiscal General de la Nación, Magistrados del Consejo Superior de la Judicatura y de la Corte Constitucional y otros servidores, todos con ascendencia en la Rama Judicial, hasta el punto de ostentar un inmenso poder y reconocimiento que actualmente podría utilizar para injerir a su favor en el proceso u obstaculizar su normal desarrollo o la labor de los intervinientes en la actuación o interferir en la práctica probatoria“.