JEP abre caso para investigar crímenes de la Fuerza Pública

La Sala de Reconocimiento de la JEP investigará el entramado criminal en el que miembros de la fuerza pública, otros agentes de Estado, terceros civiles y paramilitares se asociaron para cometer crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra contra la población civil. Esclarecer los patrones criminales y determinar las responsabilidades penales a las que haya lugar es el principal desafío del caso 08.

El nuevo caso se denomina: “crímenes cometidos por miembros de la Fuerza Pública, otros agentes del Estado, o en asociación con grupos paramilitares, o terceros civiles, por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano”.

A través del caso 08, esta Jurisdicción investigará los hechos más graves que no están incluidos dentro de los casos abiertos desde 2019. Es decir, todas las conductas no amnistiables cometidas de manera directa o en asociación con grupos paramilitares o terceros civiles y que no corresponden con ‘falsos positivos’ (caso 03), victimización de miembros de la Unión Patriótica (caso 06), o que no están siendo investigadas en los casos territoriales (02, 04 y 05).

A partir del análisis de los informes presentados a la JEP, las cifras preliminares de la investigación indican que hay un universo de 15.710 víctimas de hechos atribuidos a miembros de la Fuerza Pública, 56.502 a paramilitares y 280 a otros agentes del Estado. De acuerdo con el Grupo de Análisis de la Información de la JEP, los principales crímenes atribuidos de manera directa a la fuerza pública fueron: homicidios con 8.345 casos; desplazamiento forzado, 2.904; amenazas 1.638; tortura, 1.249 y desaparición forzada, 1.136. Entre 2000 y 2009 se concentra el 51% de los hechos.

Los crímenes abordados en este nuevo macrocaso son los homicidios, masacres, desaparición forzada, desplazamiento forzado, despojo, tortura, amenaza, violencia sexual y detención ilegal. Estas conductas están mencionadas en 184 informes analizados, de los 974 recibidos por la JEP. Al integrar todas estás dinámicas de la guerra en el caso 08, que las aborda como una serie de conductas vinculadas y no como hechos fragmentados, se facilita la comprensión de los crímenes y será más eficiente impartir justicia.  

Con este nuevo caso la JEP pasa de una priorización por conductas criminales a una por actores. En ese sentido, investigar la desaparición forzada de manera aislada de los asesinatos selectivos, masacres y el desplazamiento forzado truncaría las posibilidades del esclarecimiento de la verdad y la identificación de ataques amplios a la población civil. No sería correcto investigar una masacre y por otra vía el desplazamiento que esta misma causó.

Las líneas de investigación del caso corresponden a los tres grandes patrones macro criminales identificados hasta ahora, en función de las motivaciones estratégicas de los crímenes: 1) Crímenes motivados por justificaciones contrainsurgentes; 2) Crímenes motivados por el favorecimiento de intereses económicos particulares; y 3) Crímenes motivados por el control de la función pública en los territorios.

El caso 08 también se instruirá a partir de lo avanzando por la jurisdicción ordinaria. En particular, por Justicia y Paz, y también por el Centro Nacional de Memoria Histórica en el marco del mecanismo de contribución a la verdad establecido en la Ley 1424 de 2010.

¿Cuáles son los patrones criminales identificados?

En primer lugar, la concentración de la investigación se ha organizado en función de las motivaciones de la acción criminal, que preliminarmente arrojó el proceso de contrastación judicial.

Crímenes motivados:

1.       Bajo justificaciones contrainsurgentes. Agrupa los hechos que guardan relación con las motivaciones denominadas por la Fiscalía como la “radicalización de la lucha contrainsurgente y estigmatización de la población civil”. Detrás de estas motivaciones estaba también la pretensión de consolidar el control territorial mediante la victimización hacia civiles sospechosos de pertenecer o colaborar con las guerrillas de las Farc-EP, del ELN y del EPL. 

2.    Para favorecer intereses económicos particulares. Agrupa hechos que están motivados por el control de los intereses económicos del territorio, sus riquezas y al acaparamiento de tierras de pobladores rurales. Una parte importante de los crímenes relacionados con la lucha contrainsurgente fueron funcionales para los intereses económicos de actores legales e ilegales, al permitir crear las condiciones para la extracción de recursos naturales, la expansión de la frontera agrícola y la incorporación de nuevas tierras al mercado.

3.    Por el control de la función pública. Buscaba la captura de rentas provenientes de la administración estatal para el fortalecimiento de la estrategia de expansión y consolidación regional y nacional de estructuras paramilitares, pero también la posibilidad de ampliar sus bases sociales mediante el control de la oferta de servicios burocráticos, electorales o de contratación pública. Los paramilitares se apoyaron en miembros de la fuerza pública, otros agentes de Estado y terceros civiles por ser sus intermediarios en la captura de la función y aparato público.