Importaciones de tráfico postal menores a US$200 deben pagar IVA

El pasado 14 de septiembre entró en vigor la exención del IVA para las importaciones de hasta 200 USD, exceptuando envíos que provienen de Estados Unidos y Corea del Sur. Lo anterior, para la importación de envíos que ingresan al país bajo la modalidad de tráfico postal, envíos urgentes o envíos de entrega rápida.

Aunque los operadores postales han amentado sus esfuerzos logísticos, tecnológicos y operativos para atender con el mayor compromiso los altos volúmenes de envíos que demandan nuevos procesos de inspección y nacionalización al momento de la entrada al país, y que antes de la fecha de emisión de esta política nacional no requerían este tipo de gestión, de manera equivocada algunos usuarios han señalado que esta situación es originada por los operadores.

En este sentido, una empresa como 4-72, que debe cumplir con la normatividad impuesta, señaló que desde el 14 de septiembre viene procesando y entregando más de 146.000 envíos internacionales, que incluyen el nuevo trámite del IVA y que cumplen con los requisitos que exige la ley para su liberación y distribución en todo el territorio nacional.

En una entrevista con La República, el ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, dijo que “todas las importaciones por debajo de US$200, de tráfico postal o envío urgente, que se hayan acordado en los tratados de libre comercio y que entran sin pago de IVA, se respetarán. Los acuerdos en los que se tiene esto contemplado son con Estados Unidos y con Corea del Sur. En el caso de Estados Unidos, esas importaciones seguirán funcionando de la misma manera, pero cualquier otra importación, buscando equidad tributaria con la industria nacional, terminará pagando IVA”.

Agremiaciones como Fenalco, Acopi y la Cámara Colombiana de Confección y Afines pidieron que se eliminara el beneficio de IVA para los paquetes que entraban bajo la modalidad de tráfico postal.