La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia señaló que los jóvenes entre los 14 y los 18 años de edad no necesitan permiso de sus padres para conformar una unión libre.
Así lo concluyó la Corte tras declarar procedente y válida la unión marital y sociedad patrimonial entre un adolescente y una mujer mayor de edad, luego de resolver un recursos de casación de un fallo de la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá.
“Su constitución no se encuentra sujeta a trámites previos, ningún escenario existiría para exigir y diligenciar el referido beneplácito”, aclaró la Corte.
También se aclaró que alguien de 14 años en adelante cuenta con la libertad y autonomía suficientes para tomar sus propias decisiones y asumir sus responsabilidades.
También se aclaró que con una unión de esta clase no se generan perjuicios debido a que se trata de un acuerdo entre voluntades.
Sin embargo, para el matrimonio sí es necesario el permiso de los progenitores, según lo aclara el Código Civil.