El Gobierno Nacional definió las pautas de bioseguridad y operación que deben seguirse para el regreso de la aviación comercial en los vuelos nacionales. La resolución 1054 de 2020 define esas pautas no solo a nivel de la operación de las aeronaves, sino para los servicios conexos en tierra.
De acuerdo con el documento, además de medidas básicas como el distanciamiento (en las salas de espera, en filas y al abordar los aviones), el control de temperatura, la desinfección y el uso constante del tapabocas, los operadores de las terminales aéreas deberán prohibir el parqueo prolongado de vehículos de los que descienden los pasajeros y aplicar sanciones.
También deberán controlar que el acceso sea máximo dos horas antes del vuelo (para evitar aglomeraciones), limitar el número de puertas de acceso libre a la terminal y permitir solo el acceso de quienes tengan el registro (check in) electrónico.
Solo en casos excepcionales, a los pasajeros que no se hayan podido registrar de forma electrónica se les permitirá ingresar al módulo de facturación de la aerolínea, mientras que si el pasajero solo lleva equipaje de mano, deberá dirigirse de inmediato a la sala de abordaje.
Dentro del terminal aéreo, los comercios deberán adoptar los protocolos, evitar el contacto prolongado con el equipaje de bodega, y solo en aeropuertos que tengan barreras protectoras, se pedirá al pasajero quitarse el tapabocas para realizar el control del documento y del pasabordo.
En los sitios de destino la distancia mínima deberá ser de dos metros entre cada pasajero o grupo familiar, mientras que para los trabajadores de los aeropuertos deberá garantizarse un espacio de al menos dos metros entre cada puesto. La desinfección de las herramientas, materiales y equipos debe ser constante.
La resolución determinó que, entre otros aspectos, las aerolíneas deberán, a la hora del registro, recomendar el uso de la app CoronApp-Colombia y diligenciar la información solicitada cuando sea necesario y al menos una vez al día los 14 días posteriores al vuelo.
Cada empresa deberá retirar todos los elementos publicitarios del bolsillo de las sillas del avión, como revistas y promociones, pero las tarjetas de seguridad sí podrán estar allí, aunque deberán ser desinfectadas de forma periódica.
Asimismo, el abordaje del avión será desde las sillas de atrás hacia las delanteras y desde las ventanas hacia los pasillos; pero si el avión es de doble pasillo, los asientos irán ocupándose desde el centro hacia el pasillo. Es decir, el abordaje preferente ya no se aplicará.
Durante el vuelo será obligatorio usar el tapabocas (si el viajero no tiene, la aerolínea deberá proveerlo), se recomendará no utilizar los baños del avión, y para las aeronaves presurizadas el sistema de ambientación deberá tener filtros de alta eficiencia (Hepa) o el sistema de control ECS, que garantice una recirculación total del aire en intervalos de 5 a 7 minutos.
Esto significa, según el director de Latam Airlines Colombia, Santiago Álvarez, que “no se hace necesario el distanciamiento dentro de la aeronave, siempre y cuando los pasajeros y las tripulaciones usen permanente y adecuadamente el tapabocas. El avión es un espacio cerrado muy seguro, y el aire que se respira es 99,9 por ciento libre de virus”.
Pero sí se aplicarán los estrictos protocolos de desinfección, la suspensión del servicio a bordo, el uso permanente del tapabocas, evitar el contacto de la tripulación con los viajeros y recomendar no usar el baño, entre otros.
En el caso de que la aeronave no cuente con dichos filtros, el distanciamiento físico dentro de la aeronave será obligatorio. Este proceso será paulatino ya que, en el caso de Latam Airlines, en los países que no han prohibido los viajes en avión, los factores de ocupación se han mantenido, en promedio, entre 65 y 75 por ciento en vuelos nacionales o internos.