Corte Constitucional anula creación del Ministerio de la Igualdad

La Corte Constitucional revocó la existencia del Ministerio de la Igualdad liderado por Francia Márquez debido a irregularidades durante su proceso de creación en el Congreso.

Este ministerio dejará de operar después del 20 de junio de 2026, ya que la decisión ha sido tomada con efectos diferidos que abarcan dos legislaturas.

El dictamen de la Corte señala que, durante el proceso de aprobación de la Ley 2281 de 2023, el Congreso de la República no llevó a cabo un análisis adecuado del impacto fiscal relacionado con la creación del Ministerio de Igualdad y Equidad. Esta omisión, contraria a lo estipulado en el artículo 7º de la Ley 819 de 2003, que establece disposiciones sobre presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal, constituyó un vicio de procedimiento irremediable.

Según la Corte, esta falta violó el artículo 151 de la Constitución, el cual establece que el cumplimiento de los requisitos para la aprobación de las leyes ordinarias, según lo estipulado en las leyes orgánicas como la Ley 819 de 2003, es un parámetro de constitucionalidad y validez. Por lo tanto, la Sala Plena declaró la inexequibilidad de la Ley 2281 de 2023.

Además, la Corte decidió aplazar los efectos de esta declaración de inexequibilidad. Argumentaron que aplicarla de inmediato implicaría la desaparición del sector administrativo de Igualdad y Equidad, y por ende, del ministerio que lo dirige.

Según la Sala Plena, esta acción causaría una desorganización institucional que perjudicaría la implementación de políticas públicas diseñadas por el legislador y el ejecutivo para garantizar los derechos de grupos constitucionalmente protegidos, como las madres solteras y las personas con discapacidad. Esto, a su vez, podría comprometer el principio de igualdad establecido en el artículo 13.3 de la Constitución.