Corte tumbó póliza que debían entregar los CDA

La Corte Constitucional ha anulado la obligación de expedir la póliza de seguro que debían proporcionar los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) cada vez que un cliente llevaba a cabo la revisión técnico-mecánica de su vehículo.

A pesar de que la expedición de esta póliza comenzó a implementarse el 1 de agosto, varios miembros del gremio se resistían a cumplir con esta exigencia hasta que la Corte Constitucional tomara una decisión al respecto.

Según la Corte, la imposición de este seguro resultó ser “desproporcionada”, ya que la función principal de los CDA se limita a la revisión de vehículos. Además, la Corte consideró que esta medida constituía una “violación a la libertad de empresas y a la libertad económica”.

Los gremios ASO-CDA, Acedan y Fenalco, que representan a más del 95 % de los CDA en el país, habían solicitado al ministro de Transporte, William Camargo, que les otorgara un plazo para cumplir con la circular.

Cabe destacar que en agosto pasado, la Procuradoría emitió su opinión indicando que la ley que establecía la obligatoriedad de la póliza se “ajustaba a la Constitución”.

En un concepto enviado a la Corte Constitucional, la jefa del Ministerio Público, Margarita Cabello, señaló que la norma era adecuada para proteger a los ciudadanos afectados por accidentes de tráfico y garantizarles el pago de indemnizaciones, ya que estaba orientada a lograr el “mayor grado de prevención posible frente a daños a la integridad física, salud, patrimonio y bienes”.