Transcurrido un año de haber sido sancionada la Ley 2129 (conocida como Ley Aluna), la cual establece que en el registro civil de nacimiento se consignará el orden de los apellidos del recién nacido de común acuerdo entre los padres, a 2.360 menores de edad se les ha asignado como primer apellido el de su progenitora.
De los 2360 menores de edad registrados, el 50,4 % son niñas, es decir, 1.190, y el 49,6 % son niños, que equivale a 1.170. Los lugares en los que se ha registrado un mayor número de casos de menores que llevan por primer apellido el de su progenitora, de común acuerdo entre los padres, son: Bogotá, D. C. (593), Antioquia (443), Cundinamarca (182), Valle del Cauca (175) y el exterior (100).
Cabe anotar que esta norma rige para los hijos matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos, de unión marital de hecho, de parejas conformadas por el mismo sexo y con paternidad o maternidad declarada judicialmente.
Los interesados en llevar a cabo el trámite de inscripción de una persona en el registro civil de nacimiento pueden consultar el procedimiento y los requisitos en la página web de la entidad: www.registraduria.gov.co