A través de la firma del presidente Iván Duque el Gobierno emitió el decreto a través del cual da a conocer el «marco normativo especial, independiente y autónomo» sobre el control del riesgo para la salud y el medio ambiente para la destrucción de cultivos ilícitos mediante el método de aspersión con glifosato.
el decreto define cómo serían esas fumigaciones y recuerda las condiciones para que el Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE) les dé vía libre a las fumigaciones.
El decreto busca cumplir con los requisitos que hace más de dos años fijó la Corte Constitucional, aunque en realidad tiene un enfoque de reparación de daños causados eventualmente por la aspersión y tiene muy poco de prevención.
La medida establece que hay algunas zonas en las que bajo ningún motivo se podrá usar el mecanismo de aspersión con glifosato. Se trata de los parques naturales (tanto nacionales como regionales) y los ecosistemas estratégicos como páramos y humedales categoría Ramsar, entre otros.
También se establece que cuando la ejecución del programa pueda afectar directamente a comunidades étnicas debe adelantarse el proceso de consulta previa.
La expedición del decreto no implica la reanudación automática de la aspersión aérea con glifosato, pues se requieren de dos conceptos de la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y del Instituto Nacional de Salud (INS), antes de su aprobación por parte del Consejo Nacional de Estupefacientes.
El operador de ese programa de aspersión aérea será la Policía Nacional y únicamente lo aplicará en aquellas zonas donde hay cultivos extensivos, industriales y particularmente donde hay presencia de grupos al margen de la ley. La meta gubernamental este 2021 es erradicar 130 mil hectáreas de cultivos ilícitos.
Líderes de varias comunidades han anunciado demandas contra la aspersión al considerar que ese tipo de fumigación podría ocasionar daños severos al ecosistema.