El juzgado octavo del circuito de Pasto, mediante una tutela que conoció en exclusiva BLU Radio, ordenó al comandante de la Policía Metropolitana de Pasto, a los funcionarios encargados del Esmad y al comandante del Batallón Batalla de Boyacá, que en el extremo caso de tener que desplegar estos especiales contingentes para el mantenimiento del orden público, de manera antelada deberán poner a disposición del defensor del Pueblo, la Personería Municipal y el Procurador Regional, el listado de los nombres de los comandantes o jefes de unidad del personal asignado para el servicio requerido.
Igualmente, información sobre las armas, elementos y dispositivos no letales que se emplearán con sus respectivos seriales de identificación.
En la misma providencia, el administrador de justicia ordenó al alcalde de Pasto y gobernador de Nariño que, en el término de tres días, expidan directrices y/o protocolos provisionales para el respeto y la garantía del derecho a la protesta pacífica y de todos los demás derechos presuntamente vulnerados en este asunto de las mujeres que hacen parte de las actividades del paro nacional en Colombia.
Estas directrices deberán estar fundadas en el enfoque diferencial y el enfoque pro-mujeres y deberán regular asuntos
esenciales como el respeto por la dignidad de la mujer y el reconocimiento.