Tribunal de Justicia y Paz ordenó la libertad de Salvatore Mancuso

El Tribunal Superior de Bogotá, específicamente la Sala de Justicia y Paz, ha emitido una orden de liberación para Salvatore Mancuso, exjefe paramilitar, quien ha estado detenido en la cárcel La Picota de Bogotá desde su llegada al país en febrero de este año.

La determinación fue anunciada por el magistrado José Manuel Parra durante una extensa sesión que duró más de tres horas. Parra abordó el «conflicto de competencia entre jurisdicciones», referente a si la liberación de Mancuso debe ser decidida por la Justicia y Paz o por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

El magistrado también cuestionó el papel desempeñado por la Procuraduría General de la Nación, la cual ha intervenido activamente en la JEP para resolver la situación legal de Mancuso, incluso presentando una tutela para expulsarlo de esa Jurisdicción, mientras que en Justicia y Paz impulsa el conflicto de competencias.

Después de exhaustivas explicaciones jurídicas, durante las cuales se confirmó que Mancuso había sido condenado en tres ocasiones, el Tribunal anunció su decisión: cambiar las 57 órdenes de captura y medidas de aseguramiento que pesaban sobre el excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia por la firma de un compromiso.

Según el Tribunal, Mancuso deberá presentarse cuando sea requerido ante las fiscalías y tribunales de Justicia y Paz, así como ante otras autoridades pertinentes, para continuar con el proceso transicional. Esta decisión representa hasta el momento la mayor victoria para el exparamilitar desde su regreso a Colombia y su designación como gestor de paz por parte del gobierno de Gustavo Petro.

No obstante, Mancuso sufrió un revés el 17 de abril, cuando la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó su solicitud de hábeas corpus. Este intento se basaba en la premisa de que la JEP lo mantenía detenido en La Picota sin una decisión de fondo, a pesar de que la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz había asumido competencia sobre su libertad.

En marzo, la Sección de Apelación determinó que la JEP era la autoridad competente para decidir sobre la libertad de Mancuso, basándose en los compromisos que él asumiera dentro del Sistema Integral para la Paz. A pesar de esto, la solicitud de libertad transitoria, condicionada y anticipada presentada por el abogado de Mancuso fue negada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP con un auto de nueve páginas.

El Tribunal de Cundinamarca respaldó esta postura al afirmar que las garantías fundamentales de Mancuso no habían sido vulneradas y que la JEP había emprendido acciones para resolver su situación. En un documento de veintidós páginas, firmado por el magistrado Carlos Alberto Orlando Jaiquel, se explicó que la JEP había emitido un auto dentro de los plazos establecidos por la ley y que dicho auto podía ser apelado.