Contraloría le pone lupa a caso de Cormagdalena

La Contraloría abrió proceso de responsabilidad fiscal por no utilización de estudios y diseños recibidos y pagados por Cormagdalena a Navelena S.A.S. en liquidación, para proyecto de navegabilidad del río Magdalen en relación a la ejecución de la etapa de preconstrucción del contrato de APP 001 de 2014, suscrito entre Cormagdalena y la Sociedad Navelena S.A.S.

En dicho contrato se vinculó como presuntos responsables a NAVELENA S.A.S. (en liquidación) y a los siguientes funcionarios que han ejercido el cargo de director ejecutivo de Cormagdalena durante el periodo 2017 a 2022: ALFREDO VARELA DE LA ROSA, LUIS ALVARO MENDOZA MAZZEO, LUIS FERNANDO ANDRADE (en calidad de encargado), LUCAS ARIZA BUITRAGO y PEDRO PABLO JURADO DURÁN.

Se vincula a los citados en razón a que los estudios y diseños que fueron entregados por Navela y recibidos a satisfacción por Cormagdalena no han prestado utilidad alguna para dar cumplimiento al proyecto de navegabilidad del Rio Magdalena, en los términos señalados en el CONPES 3758 del 6 de agosto de 2013.

De la valoración de información aportada por la Unidad de Análisis de la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata (DIARI), se evidencia que Cormagdalena no ha realizado actuaciones dirigidas a dar continuidad a estos estudios y diseños y garantizar su aplicabilidad, pese a que, conforme a lo establecido en el contrato de APP 001 de 2014, estos tendrían una vigencia o vida útil de 30 años, razón por la cual el Contralor General de la República, Carlos Hernán Rodríguez Becerra, lo declaró caso de impacto nacional para que la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción se encargará del asunto.

Igualmente, los estudios y diseños no han sido tenidos en cuenta en los procesos de contratación que se han surtido con posterioridad a la liquidación de la APP 001 de 2014, pese a que la ejecución de esta actividad fue reconocida y compensada en el acta de liquidación por terminación anticipada del referido contrato, en la que se estableció el valor de $189.068 millones, a favor del asociado (Navelena S.A.S. en liquidación).

Antecedentes

Mediante Auto No. 0259 del 11 de octubre de 2022, el Contralor General declaró “de Impacto nacional los hechos relacionados con los procesos de contratación, ejecución y pago de los Estudios, Diseños y de Estructuración del proyecto de Navegabilidad del Río Magdalena, efectuados por el Ministerio de Transporte, Cormagdalena y la Agencia Nacional de Infraestructura, desde la APP 001 de 2014 a la fecha”.

En el mismo Auto, Rodríguez Becerra ordenó a la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción conocer de esos hechos.
El jefe del organismo de control actuó así luego que, mediante oficio del 11 de octubre de 2022, el director de la Unidad de Análisis de la DIARI envió a la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción una alerta temprana relacionada con estos procesos de contratación.

Con el referido correo se informó que, producto del procesamiento de la información sobre el tema, se determinó que desde el año 2017 se suscribieron ocho contratos, así como «… dos procesos relevantes que tratan este tema, un proceso era por valor de 1,5 billones y que fue declarado desierto en 2022, el otro proceso, son unos estudios y diseños con la Universidad del Norte”.
Igualmente, la DIARI concluyó que:

No es clara la intervención de las entidades frente a las actividades a desarrollar y la extensión de río a intervenir, teniendo en cuenta que los objetos están relacionados en general con la recuperación y la navegabilidad del río Magdalena.

De la revisión adelantada a la contratación de este informe, se evidencia que presuntamente los estudios y diseños a nivel de detalle pagados a Navelana con ocasión de la APP 001 de 2014 no han sido utilizados, toda vez que las dos licitaciones no culminaron en adjudicación y dentro de su estructuración incluyen una etapa de prefactibilidad que conllevaría el pago de unos nuevos estudios, por lo que se configuraría un posible daño por este concepto.

Teniendo en cuenta que no existe la totalidad de la información cargada por las entidades en la plataforma SECOP, se debe verificar con las mismas las actividades realizadas en la ejecución de los convenios/contratos contra las cuales se realizaron los pagos.

De la misma manera, se señaló que no hay claridad acerca de si «los estudios/objeto que se quiere desarrollar a través de los convenios corresponden a los mismos tramos o si son distintas áreas de influencia».