La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Suprema de Justicia anular una sentencia emitida contra un menor de edad con problemas mentales condenado por el delito de hurto, y declarar la nulidad de lo actuado.
Dentro de su concepto también advirtió sobre la desatención, por parte del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá – Sala de Asuntos Penales para Adolescentes, de la interpretación de la Ley y el control constitucional que ejerce la Corte Suprema de Justicia en esta materia, el cual es de obligatorio cumplimiento.
La procuraduría segunda delegada para la Casación Penal, hoy Procuraduría Primera de Intervención de Casación Penal, señaló que, durante la audiencia de verificación sobre la validez de aceptación de los cargos e imposición de la sanción, la defensora de familia indicó que el joven padecía de trastorno bipolar y cuando se le cuestionó sobre la aceptación de cargos él manifestó no haber entendido los delitos aceptados anteriormente ante el fiscal.
El procurador 7 Judicial II de Familia y los defensores advirtieron al juez de conocimiento sobre el deber de corroborar el estado mental del procesado. “Sin embargo, hizo caso omiso y decidió avalar la aceptación de cargos y estimar que el acusado buscaba retractarse del allanamiento al percatarse que no recobraría la libertad”, señaló la Procuraduría.
Al respecto, el Ministerio Público solicitó unificar la jurisprudencia de la Sala Penal “cuando el procesado menor de edad acepta cargos y es juzgado bajo la normatividad del proceso penal abreviado, atendiendo circunstancias específicas de cada caso, como el estado mental o la contumacia del mismo”.