La Corte Constitucional de Colombia despenalizó el suicidio médicamente asistido, en el que, a diferencia de la eutanasia, es el paciente el que ejecuta la acción para poner fin a su vida.
Con seis votos a favor y tres en contra, el tribunal decidió legalizar este procedimiento tras estudiar una demanda presentada por el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB).
Los magistrados Jorge Enrique Ibáñez, Cristina Pardo y Paola Meneses votaron contra esto.
Los que votaron a favor fueron Antonio José Lizarazo, Alejandro Linares, Natalia Ángel Cabo, Gloria Stella Ortiz, José Fernando Reyes y Diana Fajardo.
La decisión avala el suicidio médico asistido para los mismos requisitos en los que se permite actualmente una eutanasia: cuando el paciente esté diagnosticado con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable; cuando padezca de intensos dolores físicos o psíquicos por cuenta de ello que sean incompatibles con su idea de vida digna; y cuando manifieste expresamente su intención y la asistencia la preste un médico.
En tal sentido, pormenoriza DescLab que su intención era que «el suicidio asistido no fuere practicado por cualquier persona en cualquier caso», sino que la Corte decidiera que «cuando un profesional de la medicina presta una ayuda para que otra persona ponga fin a su vida bajo ciertas condiciones, no recibirá un castigo penal».
Con ese veredicto de la Corte Constitucional Colombia se une a Suiza, Países Bajos, Luxemburgo, Canadá, Australia, España, Alemania y a algunos estados de Estados Unidos, donde este tipo de suicidio es legal.