a Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, conceptuó que la creación de las 16 circunscripciones transitorias especiales de paz para la Cámara de Representantes, en los periodos 2022-2026 y 2026-2030, son constitucionales.
En concepto enviado a la Corte Constitucional, la jefe del Ministerio Público señaló que su creación garantiza la efectiva participación de los ciudadanos que componen los grupos minoritarios en la instancia de decisión nacional más importante, como lo es el Congreso de la República.
Indicó que la representación política reconocida con la creación de las curules especiales de paz “busca consolidarse como medida de reparación no solo frente a las víctimas acreditadas sino extensible a la población que habita aquellos territorios abandonados por el Estado”, lo que permite legitimar las decisiones que se adopten en el Congreso, al tiempo que pueden velar por el respeto de sus derechos a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.
La Procuradora General precisó que el cambio parcial y temporal de la composición de la Cámara de Representantes resulta razonable, toda vez que la Constitución estableció el funcionamiento de las circunscripciones especiales con el objetivo de favorecer grupos minoritarios al otorgarles representatividad.
“Desde esta perspectiva se advierte como fin legítimo de la reforma constitucional estudiada la necesidad de involucrar a las víctimas y habitantes de los territorios más afectados por el conflicto armado en el escenario político del país, dado el protagonismo que asumieron con la firma del Acuerdo Final”, sostuvo.
Resaltó que la reforma que dio vida a las curules de la paz fue promulgada en un contexto transicional de reparación integral y no repetición, con lo que se asegura la representación de las víctimas y habitantes de territorios abandonados en el escenario político de la Nación, al tiempo que se regula dicha participación en el certamen electoral con ajuste a reglas especiales y con el rigor de la transparencia exigida.
Dificultades para su materialización
La jefe del Ministerio Público señaló que, aun cuando el Acto Legislativo 02 de 2021 que creó las curules de la paz es constitucional, enfrenta tres aspectos problemáticos para materializar en debida forma la finalidad que se pretende.
En primer lugar, la ausencia de una parte significativa de las víctimas en la Cámara de Representantes; por otro lado, la presencia de grupos armados en las zonas que conforman las circunscripciones de paz, y la falta de un consenso mayor en la aprobación del acto legislativo.
Sobre la observación inicial, indicó que un número importante de víctimas fue desplazado del campo a las ciudades, lo que impediría su participación en los territorios donde se efectuarán las elecciones. Para la Procuradora General “la regulación expedida debió haber garantizado el derecho a elegir a todas las víctimas y no limitarla a algunas de ellas por medio de restricciones geográficas”.
Respecto a la presencia de grupos armados ilegales en los territorios definidos para adelantar las votaciones, resaltó que es un factor que puede generar efectos en la campaña electoral, razón por la que entidades como la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo han emitido alertas y prevenido a las autoridades territoriales para preservar la vida y la seguridad de quienes allí residen.
Sobre la falta de consenso, sostuvo que la adopción de una medida tan relevante para el país requería ser adoptada con el mayor acuerdo político posible, pues, por ejemplo, “la mayoría con la que contó en una de las plenarias fue exigua”.
“Así las cosas, se puede afirmar que esta reforma ha generado posturas divergentes en la sociedad y en las instituciones, y más allá de las discrepancias procesales en su formación, lo cierto es que no se incluyó a la totalidad de las víctimas y podrían presentarse escenarios electorales impactados por grupos al margen de la ley, lo que hace al Acto Legislativo 02 de 2021 sea insuficiente en términos de reparación”, precisó en el concepto.