Este viernes, desde Neiva, Francisco Barbosa anunció que la Fiscalía General de la Nación solicitará a los jueces la captura de las personas que fueron liberadas gracias a la disposición contenida en la ley de ‘Paz Total’, aprobada en el Congreso y que recientemente fue revocada en la revisión de la Corte Constitucional.
Al referirse a la sentencia, Barbosa comentó: «Un segundo aspecto: la sentencia estableció, como ya habíamos indicado, que no era posible, mediante un decreto presidencial, liberar de forma abrupta a individuos vinculados a delitos comunes y no políticos que se encontraban en la primera línea de la cárcel. Incluso, en su momento, hubo críticas al Fiscal General. Estas personas enfrentaban procesos por delitos no políticos, sino comunes».
«La Corte Constitucional acaba de declarar la inexequibilidad de esa disposición y, seguramente, los fiscales, en ejercicio de su autonomía, solicitarán órdenes de captura para aquellos que fueron designados como voceros de paz y a quienes se les concedió la libertad. Estamos evaluando la situación de aquellas personas que fueron liberadas como voceros de paz».
Cabe destacar que la Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que la ley de paz total del gobierno de Gustavo Petro se ajusta a la constitución y al gobierno, aunque con algunas precisiones.
Al resolver diversas demandas, incluyendo la presentada por varios congresistas que argumentaban la ausencia del concepto del Consejo de Política Criminal y otros vicios de constitucionalidad que podrían llevar a su nulidad, la Corte declaró la exequibilidad de una de las iniciativas más relevantes del gobierno de Petro.
De acuerdo con los argumentos del Alto Tribunal en su fallo, el presidente Gustavo Petro tiene la facultad constitucional para llevar a cabo «acercamientos y conversaciones» con las Estructuras Armadas Organizadas de Crimen de Alto Impacto (Eaocai) con el objetivo de desmantelarlas, someterlas a la justicia y frenar la grave violencia que generan en el país.
No obstante, en lo que respecta a la determinación de los términos del sometimiento a la justicia de estas estructuras armadas, la Corte concluyó que el amplio margen de discrecionalidad del presidente podría representar un riesgo para el proceso y, por lo tanto, esos términos deben ser establecidos por el Congreso de la República.