La Corte Constitucional ha vuelto a respaldar la denominada ‘Ley de Paz Total’ del Gobierno nacional al rechazar una demanda que alegaba cargos adicionales por inconsistencias en el trámite y en el fondo del proyecto, el cual fue debatido y aprobado en el Congreso.
En esta ocasión, la Sala Plena ha decidido mantenerse en lo resuelto previamente con respecto a la sentencia que se dio a conocer hace algunas semanas, la cual dejó en firme la mencionada ley, salvo por la anulación de los nombramientos de los gestores de Paz de la Primera Línea.
La demanda presentaba ocho presuntas inconsistencias, entre las que se destacaba la falta del concepto del Consejo Nacional de Política Criminal. La Corte, sin embargo, mantuvo sus pronunciamientos anteriores al señalar que no existe una norma que obligue a considerar dicha opinión en el trámite legislativo.
Entre los argumentos presentados, se cuestionaba la supuesta falta de plazos entre el anuncio, la conciliación del Senado y el tiempo de discusión en plenaria. No obstante, los magistrados concluyeron que se cumplieron las reglas pertinentes, según lo alegado por el demandante.
Otro punto de controversia fue la facultad para negociar acuerdos de paz con grupos disidentes de las Farc, pero la Corte optó por inhibirse de emitir un pronunciamiento de fondo, dado que la demanda atribuía un texto que no estaba contenido en la ley.
«En relación con este cargo, la Corte decidió inhibirse de hacer un pronunciamiento de fondo. La Corporación indicó que el cargo carece de certeza, ya que la norma demandada no posee el contenido que el demandante le atribuyó», señala el documento.
La Corte ya se había pronunciado anteriormente sobre el tema de la excarcelación de integrantes de la Primera Línea como voceros y gestores de paz, optando por mantener el pronunciamiento emitido en días anteriores.
Con esta decisión, la Ley de Paz Total permanecerá en vigencia a la espera de que se resuelvan otras demandas que aún están pendientes en la agenda de la Sala Plena.