El mayor número de víctimas del conflicto armado se dio en los territorios étnicos, en los cuales hubo desplazamientos, asesinatos, desapariciones, reclutamientos y delitos sexuales, entre otros hechos victimizantes que han dejado al menos 1.350.181 víctimas, según el universo provisional de hechos establecido por la Jurisdicción en el Caso 09.
Así lo dio a conocer el magistrado José Miller Hormiga Sánchez, de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas e integrante de la Comisión Étnica de la JEP, durante la más reciente emisión del programa radial ¡Por fin lo sabemos!
El espacio radial de la Jurisdicción, que se escucha en las 68 emisoras de la Radio Nacional entre las que se encuentran las 16 emisoras de paz, estuvo dedicado al Caso 09: Crímenes no amnistiables cometidos contra Pueblos y Territorios Étnicos en el marco del conflicto armado.
En su emisión del pasado jueves 12 de octubre, a propósito del Día de la Diversidad Étnica y Cultural de la Nación Colombiana, el magistrado indígena perteneciente a los pueblos Totoró y Yanacona, explicó que la apertura del Caso 09, hecha en septiembre de 2022, se concentra en el impacto de estos crímenes en los pueblos étnicos que tienen implicaciones adicionales que deben ser tenidas en cuenta.
“Para el índigena la afectación del desplazamiento es mucho más grave porque no solo pone en riesgo su integridad física, sino que afecta su identidad cultural y su vida espiritual», aseguró el magistrado, quien agregó que “los mayores teatros de la guerra fueron los territorios étnicos».
Hormiga también resaltó las particularidades que tiene este caso, en el cual los magistrados relatores pertenecen a diversos pueblos étnicos: “Traen el conocimiento de su derecho ancestral y tienen el conocimiento del derecho occidental, así que se convierten en intérpretes culturales o interculturales que pueden conocer y entender con mayor claridad y sensibilidad la realidad que están viviendo. Eso genera más confianza y cercanía con las víctimas de los pueblos étnicos».
Además, para relacionarse con los sistemas jurídicos indígenas se acudió al mecanismo de consulta previa y esto permitió llegar a los territorios, tener un mejor acercamiento y crear mecanismos para un relacionamiento más pertinente. El magistrado explicó que existe un capítulo de carácter étnico en la JEP, protocolos de articulación, manuales de relacionamiento y notificaciones con pertinencia cultural, en las cuales se hace pedagogía previa a las notificaciones para comprender su alcance.
Finalmente, el magistrado destacó que el relacionamiento que ha tenido la JEP con los sistemas de justicia indígena ha permitido acercar sus principios a esta jurisdicción, bajo los cuales la justicia no gira en torno al ser humano sino alrededor de la vida en todas sus expresiones, tanto materiales como espirituales. Es por esto que los territorios y sus elementos son también sujetos de derechos en los casos investigados por la Jurisdicción.