JEP prioriza fase nacional en investigación por ‘falsos positivos’

Con el fin de establecer las presuntas responsabilidades de altos mandos del Ejército Nacional, de agentes de Estado no integrantes de la fuerza pública, y de civiles, por los asesinatos y las desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate, la Sala de Reconocimiento de la JEP hace pública la nueva fase de priorización que marca la ruta de trabajo nacional en el Caso 03.

Después de concentrarse en esclarecer los hechos ocurridos en los territorios críticos y, por ahora, imputar a 59 máximos responsables y a tres partícipes no determinantes, la Sala empieza a implementar una metodología paralela de trabajo que va de arriba hacia abajo. A través de ella busca verificar si los patrones macrocriminales determinados por la JEP fueron replicados en otros territorios y si respondieron a factores comunes de alcance nacional en el que estarían comprometidos altos mandos militares.

Es decir, en esta nueva fase de la investigación judicial, la JEP se prepara para ascender en la cadena de mando militar mientras continúa investigando los seis subcasos inicialmente priorizados: Norte de Santander, Antioquia, Costa Caribe, Casanare, Meta y Huila, así como el subcaso conjunto del cementerio de Las Mercedes de Dabeiba.

En ese proceso, la Sala de Reconocimiento, sin interrumpir el trabajo desarrollado en los casos priorizados, se enfocará en investigar los factores comunes a los patrones criminales que hicieron posible que estos se desplegaran a nivel local y nacional. Esta decisión se adopta después de concluir que los asesinatos y las desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate en cada departamento respondieron a patrones comunes que fueron ejecutados por organizaciones criminales enquistadas en las unidades militares territoriales.

Con esta metodología, no se atribuirá responsabilidades a altos mandos militares, basándose única y exclusivamente en su jerarquía o posición de mando.  Por el contrario, se busca garantizar que toda imputación que se haga a altos mandos militares y civiles esté debidamente sustentada con la evidencia judicial sobre su participación directa o indirecta, activa u omisiva, en el desarrollo de la práctica criminal.

Se trata de identificar si hay o no bases suficientes para determinar que miembros de la fuerza pública en el nivel divisional y/o nacional tuvieron conocimiento de la sistematicidad y generalidad de los crímenes. Si participaron de manera directa o indirecta, por acción u omisión en las políticas o patrones de macrocriminalidad, y/o si actuaron o no con la debida diligencia para detener oportunamente los crímenes, teniendo los medios para hacerlo.

Con este ajuste metodológico, la Sala se enfoca en determinar las políticas y los patrones macrocriminales del orden nacional que hicieron posible que los crímenes se cometieran de manera sistemática y generalizada en el país. No se abrirán nuevos subcasos territoriales, en su lugar, a través de casos o hechos ilustrativos perpetrados por las unidades militares que operaron en los territorios que hasta ahora no han sido investigados, la Sala de Reconocimiento avanzará en la instrucción del caso.

Los hallazgos documentados condujeron el Caso 03 a una nueva etapa procesal. En ella es necesario introducir un orden estratégico que responda a los principios de debida diligencia, eficiencia y estricta temporalidad, en el proceso de investigación y juzgamiento. Esto implica agotar, en el menor tiempo posible, las finalidades superiores de la entidad de investigar, juzgar y sancionar a los máximos responsables de los crímenes más atroces ocurridos en el conflicto.