La Corte Constitucional instó al fiscal general de la Nación y al director seccional de Fiscalías de Bogotá para que adopten las medidas que consideren necesarias con el fin de superar la congestión que presentan las Fiscalías especializadas de Bogotá.
El pronunciamiento se hizo al estudiar una tutela que presentó Bodytech S.A. contra la Fiscalía 8 Especializada de Bogotá, debido a que tardó más de nueve años en dar por terminada la etapa de investigación, dentro del proceso penal adelantado por la empresa en contra de un exempleado, por el delito de hurto agravado por la confianza.
En el 2011 Bodytech S.A. presentó denuncia contra una persona que se desempeñó como auxiliar contable, quien presuntamente se habría apropiado de más de trescientos millones de pesos creando pagos inexistentes a proveedores. Por tal motivo, la empresa solicitó que se realizaran las actuaciones a las que hubiere lugar para evitar la prescripción y la vulneración de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación.
La Sala Octava de Revisión, con ponencia del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, señaló que en febrero de 2021, la Fiscalía corrió traslado del escrito de acusación al procesado, con lo cual se interrumpió la prescripción de la acción penal. Por lo tanto, declaró la carencia actual de objeto por hecho superado.
Sin embargo, la Sala analizó el caso y concluyó que “existen razones que le impidieron a la Fiscalía obrar con celeridad. Dicha mora no se deriva de una conducta negligente o desinteresada. Por el contrario, surge de la carencia de una estructura interna en el despacho, ante la imposibilidad humana, física y material en la que está el ente accionado”.
En consecuencia, pese a no encontrar una vulneración a los derechos fundamentales por parte de la Fiscalía accionada, se advirtió que la congestión judicial que enfrenta la entidad se traduce en una dificultad estructural que puede afectar el eficaz funcionamiento del aparato jurisdiccional y causar una posible afectación a las garantías de las personas procesadas y de las víctimas.
Por este motivo la Corte hizo un llamado a la Fiscalía General de la Nación y a la Dirección Seccional de Fiscalías de Bogotá para que adopten las medidas que permitan garantizar el debido proceso sin dilaciones injustificadas y el acceso oportuno y eficaz a la administración de justicia.