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SIC formula pliego de cargos por cartelización en infraestructura – Latitud 435 Noticias

SIC formula pliego de cargos por cartelización en infraestructura

La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos contra una empresa y tres personas naturales por presuntas infracciones al régimen de protección de la libre competencia económica en el marco de cuatro procesos de selección contractual adelantados por el Instituto Nacional de Vías (Invías) y un proceso de selección adelantado por el Fondo Nacional del Turismo (Fontur).

El objeto de los procesos contractuales era desarrollar distintas obras de infraestructura fluvial, como construcción, mantenimiento y/o rehabilitación de muelles en ríos.

Con ese propósito, la empresa Avinco se presentó como proponente independiente. No obstante, presuntamente esa independencia era aparente, toda vez que Avinco decidía de manera conjunta con su competidor DVG a qué procesos se presentarían, gestionaban los requisitos para presentar las propuestas y para que estas resultaran habilitadas, así como definían el valor de las propuestas y, finalmente, ejecutaban mancomunadamente los contratos que les eran adjudicados.

La misma situación habría tenido ocurrencia cuando Avinco compitió contra Daniel Velasco Gonz{alez en el proceso de selección adelantado por el Fontur.

La conducta investigada habría consistido en la implementación de una estrategia por la cual, Avinco habría aparentado independencia y competencia, cuando en realidad sus propuestas estarían presuntamente coordinadas con las de su competidor directo DVG, en los procesos de selección adelantados por el Invías.

Así mismo, Avinco habría desplegado la misma práctica, procedimiento o sistema tendiente a limitar la libre competencia económica en el proceso adelantado por Fontur. En este proceso de selección, Avinco habría coordinado su propuesta con la de su competidor directo Daniel Velasco González.

La investigación adelantada por la Superintendencia de Industria y Comercio no involucra la conducta de ningún funcionario público del Invías o de Fontur. Contra la decisión proceden recursos de reposición y de apelación.