A partir de la fecha, el Ministerio de Salud y Protección Social efectúa el proceso de asignación de 1.515.669 afiliados de Comparta EPS en liquidación, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1424 de 2019 modificado por el Decreto 709 de 2021.
“Son 12 EPS las que recibirán a estos usuarios dando prioridad al derecho fundamental a la salud de los colombianos, garantizando la calidad, oportunidad, continuidad y atención en salud de los afiliados y sus familias”, expresó la viceministra de Salud y Protección Social, María Andrea Godoy Casadiego.
El traslado se da luego del pronunciamiento proferido por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Málaga (Santander), notificado el 9 de agosto de 2021 (Rdo. No 684323189001-2021-00146-00), que deja sin efecto la providencia del 3 de agosto de 2021 que decretaba la medida provisional consistente en suspender los efectos ordenados mediante Resolución 202151000124996 del 26 de julio de 2021, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud.
Dicho así, la distribución de afiliados quedó definida de la siguiente manera:
Garantía en la salud
Las personas a las que cobija este traslado podrán conocer a qué EPS fueron asignados ingresando a https://www.minsalud.gov.co/Paginas/ConsultaAfiliados.aspx
En dicha consulta, podrán conocer la red de servicios de salud dispuesta por cada EPS receptora y actualizar sus datos de contacto.
Con el propósito de facilitar el acceso a los servicios de salud, es necesario que el afiliado cotizante o cabeza de familia se contacte con la EPS asignada y efectúe la actualización de sus datos básicos y de su grupo familiar.
Godoy Casadiego recordó que se viene trabajando con las EPS receptoras para que continúen garantizando la prestación de los servicios y entrega de medicamentos que previamente han sido ordenados. “No serán necesarios trámites adicionales por parte de los afiliados, en caso de órdenes realizadas a través de MIPRES o por autoridades
administrativas o judiciales”, indicó.
En otras precisiones, se resalta que, para este proceso de traslados el Ministerio ha ordenado a las EPS receptoras, garantizar la atención a todos los pacientes, pero con especial énfasis a aquellos que tengan enfermedades de alto costo, madres gestantes, hospitalizados y aquellos que padezcan enfermedades crónicas.
En el caso que los usuarios no estén satisfechos con la EPS a la que fueron asignados podrán cambiar, si así lo deciden, a partir del 10 de noviembre de 2021.
Por último, se hace el llamado a las Secretarías de Salud en los respectivos territorios, y la Superintendencia Nacional de Salud para que vigilen que las EPS receptoras garanticen la continuidad en la prestación de los servicios a los usuarios asignados y que los prestadores de servicios de salud no generen barreras de acceso para la
atención.
Con el fin de atender las dudas e inquietudes que se presenten, la Superintendencia Nacional de Salud tiene habilitada la línea gratuita nacional 018000513700, disponible las 24 horas del día. Adicionalmente, se dispone en horarios de oficina:
• Chat virtual en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud www.supersalud.gov.co
• Líneas telefónicas 3305043 (Bogotá) o 018000960020 (resto del país) del Ministerio de Salud y Protección Social.