A través de una demanda presentada al Consejo de Estado, las plataformas de transporte demandaron a la Superintendencia Nacional de Transporte por considerar que una circular expedida por ese despacho establece que las app prestan un servicio público y no privado, con lo cual se estaría buscando proteger “el interés particular del gremio de taxistas, desconociendo el derecho de los usuarios pasajeros a elegir libremente cómo movilizarse, el derecho al trabajo de los conductores, la libre competencia, la innovación tecnológica y la inversión nacional y extranjera”, manifestó la firma Robledo Abogados que representa a Alianza In, gremio que reúne a estas plataformas.
El argumento de la acción de nulidad, entre otros, es que dicha circular no fue expedida con el propósito de promover el derecho a la libre locomoción, la seguridad del consumidor y la libre elección.
Por el contrario, los demandantes estiman que ya se trata de una “persecución del Gobierno”, la cual consideran indebida y sistemática, contra las plataformas de movilidad.
En la demanda se alega que estas plataformas digitales generan ingresos económicos a más de 200.000 hogares en los que viven alrededor de 750.000 colombianos.
Las app advierten que el uso de las plataformas es totalmente lícita pues se trata de la prestación de servicios de movilidad privada entre un ciudadano que requiere movilizarse y un particular con carro particular que está dispuesto a movilizarlo.
La demanda busca que la Rama Judicial dirima a favor del conglomerado y cancelé la circular redactada por la Supertransporte. Uno de los principales argumentos de las plataformas de transporte es que no prestan un servicio público, «se trata de un servicio entre particulares, alguien que tiene un caro y alguien que necesita movilizarse», explica en un comunicado Pablo Felipe Robledo, abogado, exsuperintendente de Industria y Comercio y actual representante legal de la demanda.