Notice: La función _load_textdomain_just_in_time ha sido llamada de forma incorrecta. La carga de la traducción para el dominio newscard se activó demasiado pronto. Esto suele ser un indicador de que algún código del plugin o tema se ejecuta demasiado pronto. Las traducciones deberían cargarse en la acción init o más tarde. Por favor, ve depuración en WordPress para más información. (Este mensaje fue añadido en la versión 6.7.0). in /var/www/wp-includes/functions.php on line 6114
Avanza norma con más ‘dientes’ para frenar el acoso laboral – Latitud 435 Noticias

Avanza norma con más ‘dientes’ para frenar el acoso laboral

La conducta de acoso le genera al trabajador un nivel de afectación psicológica, que puede llevarlo a pensar demasiado en denunciar, por temor a perder el trabajo o a que el problema se agudice, lo que deja en evidencia que quienes lo padecen necesitan un tiempo prudencial para recuperar su proceso de toma de decisión y afrontar la situación de acoso laboral”.

La aseveración está contenida en la ponencia para el segundo -y último- debate en plenaria de Senado, del proyecto Ley 444/21 Senado – 306/20 Cámara.

Aunque la Ley 1010 de 2006 normativiza la corrección, prevención y sanción de las conductas de acoso laboral, sin embargo, el proyecto señala que, “los trabajadores que han sufrido estas conductas en sus ambientes laborales poco acceden a la justicia”; de ahí la necesidad de ampliar de seis meses a tres años, el plazo para denunciar.

El propósito del proyecto es modificar el artículo 18 de la Ley 1010 de 2006, para que quede de la siguiente manera: “Las acciones derivadas del acoso laboral caducarán en tres (3) años a partir de la fecha en que hayan ocurrido las conductas a que hace referencia esta ley. El simple reclamo del trabajador o empleador interrumpirá la prescripción, pero sólo por un lapso igual”.