El ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, informó que el Gobierno nacional decidió suspender los términos bajo los cuales un consumidor puede hacer efectiva una garantía. De igual forma se suspendieron los términos para que se efectúe la reparación o reposición de un producto o se devuelva el dinero.
En condiciones normales, cuando un consumidor hace efectivo ese comprobante, pone a disposición del productor o proveedor un bien para su reparación, este tiene 30 días hábiles para adelantar el proceso, o 10 cuando es una reposición.
De acuerdo con el Ministerio mientras dure el aislamiento preventivo obligatorio, estos plazos, al igual que el término para que el consumidor haga efectiva la garantía que está vigente, quedan suspendidos y se reanudarán una vez se levante la medida.
Dicha norma no aplica para aquellos productos que el Gobierno Nacional cataloga de primera necesidad y que hayan sido adquiridos durante el período de aislamiento preventivo obligatorio.
Esta decisión hace parte del paquete de medidas adoptado por el gobierno nacional, como parte de las consecuencias derivadas del confinamiento obligatorio.